Nueva regulación para vehículos de movilidad personal y bicicletas con más de dos ruedas

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Movilidad. Esta es una regulación pionera que establece las condiciones y para este tipo de vehículos y dónde pueden ellos operar.

Barcelona ha desarrollado un reglamento sin precedentes para regular los vehículos de movilidad personal (VMP) y las bicicletas con más de dos ruedas en un esfuerzo por resolver los problemas que surgen al compartir espacios públicos. También está diseñado para fomentar una movilidad segura y sostenible, dada la creciente presencia de esta nueva movilidad que ocupa cada vez más espacio en la carretera. Esto significa que ahora se aplicarán condiciones especiales a los VMP y bicicletas con más de dos ruedas utilizadas con fines comerciales. El reglamento afectará según las condiciones del tráfico y dónde pueden ser utilizadas o conducidas, además de hacer obligatorio el seguro, la identificación, el registro y las rutas específicas.

El Ayuntamiento de Barcelona apuesta por un modelo de movilidad urbana sostenible que priorice los desplazamientos a pie, en bicicleta o en transporte público.

Sin embargo, en los últimos años, las últimas innovaciones y tecnología han llevado a la proliferación de nuevos medios de transporte, a saber, los VMP. y estos vehículos de movilidad personal, que permiten un tipo diferente de movilidad, tienen que existir junto con los medios de transporte tradicionales.

La tendencia creciente y la rápida proliferación de estos nuevos vehículos, combinada con la débil posición legal con respecto a su regulación, conduce a ciertos incidentes y problemas de movilidad. 

Por un lado, los peatones y los ciclistas comparten su espacio con vehículos nuevos que tienen características muy diferentes y, por otro lado, los usuarios de VMP se enfrentan a un vacío regulatorio en lo que respecta a las condiciones para usarlos.

En consecuencia, el Ayuntamiento ha trabajado para proporcionar a la ciudad un reglamento pionero para estos nuevos vehículos en un esfuerzo por resolver los problemas del uso compartido de los espacios públicos y fomentar una movilidad más segura y sostenible. 

La modificación del reglamento entrará en vigor dos semanas (15 días) después de su publicación en la Gaceta de la Provincia de Barcelona (BOPB).

Una reunión completa del Consejo de la Ciudad ha dado el visto bueno final a la enmienda a la Ley de circulación de peatones y vehículos en las secciones para referirse a los VMP y las  bicicletas con más de dos ruedas.

Ahora el gobierno de la ciudad planea lanzar una campaña para crear conciencia sobre la nueva regulación entre el público en general y los usuarios de este tipo de vehículos, que implica la distribución de folletos en los siguientes lugares:

El material incluirá los puntos principales afectada por la nueva regulación y estará traducido al español y al inglés.

¿Qué son los vehículos de movilidad personal?

Son dispositivos eléctricos que, según sus características, se clasifican de la siguiente manera:

Vehículos tipo A: ruedas eléctricas(monociclos y Seagate), tablas (patinetes) y  más pequeños y ligeros.

Vehículos tipo B: tableros eléctricos, Patinetes más grandes.


Type A Type B
Maximum volume 25 50
Maximum largo 1 m 1.9 m
Maximum ancho 0.6 m 0.8 m
Maximum alto 2.1 m 2.1 m

¿Qué son los ciclos con más de dos ruedas?

Son ciclos que, según sus características, se clasifican de la siguiente manera:

-C0: para uso personal, similar a una bicicleta. Lo que significa que sus condiciones de circulación y las normas a seguir serán las mismas que las de las bicicletas.

-C1: destinado a una actividad económica.

-C2: destinado al transporte de mercancías.

Áreas de tráfico y regulaciones

En aceras: No permitido. Cuando el pavimento tiene más de 4,75 m de ancho y hay 3 m de espacio libre, los vehículos de tipo C2 pueden montarlo para llegar a tiendas y locales para cargar o descargar mercancías.

Calles de un solo nivel sin bordillos elevados: si la zona es para uso exclusivo de peatones, solo los vehículos A y C2 pueden usarla, a una velocidad máxima de 10 km / h. Si los vehículos pueden usar la calle, los vehículos B y C1 pueden hacerlo a una velocidad máxima de 20 km / h.

Carriles para bicicletas en aceras: todos los tipos (A, B, C1 y C2) pueden usar estos carriles para bicicletas siempre que el ancho de los carriles lo permita. Solo pueden viajar en la dirección indicada, con una velocidad máxima de 10 km / h y respetando las señales de tráfico.

Carriles para bicicletas de carretera: Todos los tipos (A, B, C1 y C2) pueden usar estos carriles para bicicletas siempre que el ancho de los carriles lo permita. Solo pueden viajar en la dirección indicada en el carril, con una velocidad máxima de 30 km / h y respetando las señales de tráfico.

Carretera de zona de 30 km / h: los tipos B, C1 y C2 pueden usar estas zonas siempre que sigan las señales de dirección y no excedan los 30 km / h. Las bicicletas o vehículos de tipo A pueden hacerlo si su velocidad máxima es superior a 20 km / h.

Carreteras: los vehículos de tipo C1 y C2 pueden circular por todas las carreteras, excepto las que conforman la red básica (que tiene un flujo de tráfico importante y un enlace a la ciudad), donde está prohibido su uso. Sin embargo, si la red o calle de la red básica tiene una infraestructura para bicicletas (carril para bicicletas), los vehículos de movilidad personal y las bicicletas con más de dos ruedas pueden usar esto.

Parques: solo se permiten vehículos tipo A y B con una velocidad máxima de 10 km / h.

Los vehículos C2 que transportan mercancías solo pueden hacerlo para cargar y descargar en puestos de comida.

Todos los vehículos deben respetar el hecho de que los peatones, el patrimonio natural y el mobiliario urbano tienen prioridad. Los usuarios deben respetar todos los letreros y apegarse a las ciclovías y rutas en áreas pavimentadas o no pavimentadas, si las hay. No se permite andar en bicicleta o andar en jardinerias, en áreas y / o zonas con cualquier tipo de vegetación, ni en ninguna zona donde las señales lo prohíban específicamente.

Los peatones tienen prioridad porque estamos promoviendo el intercambio de la ruta

Los usuarios de VMP y los ciclistas con más de dos ruedas deben mostrar el debido cuidado y atención para evitar daños a ellos mismos o a terceros, no poner en riesgo a otros usuarios de la carretera y siempre dar paso a los peatones.

Es obligatorio reducir la velocidad al cruzar un paso de cebra, para evitar posibles conflictos con los peatones y tomar las precauciones necesarias al hacerlo.

Es necesario respetar el derecho de paso de los peatones, reducir la velocidad cuando se encuentre cerca de ellos y no realizar ninguna maniobra que pueda poner en riesgo su seguridad.

¿Dónde puedes estacionar?

Los vehículos solo pueden estacionarse en lugares de estacionamiento autorizados.

Está prohibido atarlos a árboles, semáforos, bancos u otros elementos de mobiliario urbano cuando esto pueda afectar su uso o propósito; frente a zonas de carga o descarga, o en lugares reservados para otros usuarios, como personas con movilidad reducida; en áreas de servicio o donde está prohibido estacionar, como salidas de emergencia, hospitales, clínicas o centros de salud y en aceras donde esto podría bloquear el camino de los peatones.

Se deben usar cascos:

Cualquier persona que use un vehículo tipo A para fines comerciales y todos los usuarios de tipo B deben usar un casco.

El uso de un casco también se recomienda en otros casos.

Elementos re-flectantes, luces y campanas.

Todos los tipos de vehículos deben tener elementos re-flectantes, luces y campanas, excepto el tipo A, en cuyo caso simplemente se recomienda su uso para proporcionar una mejor visibilidad en la carretera pública.

Seguro

En el caso de los vehículos C1, el seguro de responsabilidad civil debe ser contratado por todas las personas físicas o jurídicas, ya sea que posean o tengan algún otro título sobre el vehículo, para terceros y pasajeros, y para cubrir reclamos subsidiarios por daños que surjan del uso de estos vehículos y ciclos por parte de los usuarios a quienes pueden ser contratados o prestados.

Si el vehículo es para uso personal, el seguro no es obligatorio pero se recomienda.

Edad mínima

La edad mínima para conducir VMP o bicicletas con más de dos ruedas es de 16 años en todos los casos.

Al transportar personas en un vehículo autorizado (tipo C1), los conductores deben ser mayores de edad (18 años).

Los menores de 16 años pueden usarlos lejos de las zonas de tráfico, en espacios cerrados y bajo la responsabilidad de padres, madres o tutores, siempre que el vehículo sea adecuado para su edad, altura y peso.

Sistema de penalización

Los cambios en el estatuto incluyen un sistema de penalización con multas de hasta €100,00  por infracciones menores, hasta €200,00 por infracciones graves y hasta €500 por infracciones muy graves.

Condiciones especiales para actividades económicas.

Se deben cumplir condiciones especiales de tráfico cuando los vehículos de movilidad personal se utilizan con fines de lucro, con fines comerciales, turísticos o de ocio:

Los vehículos tipo A y B con un máximo de dos personas, que deben ir acompañados de una guía, y el tipo C1, con un máximo de un vehículo por persona, deben cumplir con las condiciones generales de tráfico que se aplican al tipo de vehículo y al área están viajando.

Los grupos de tres a seis personas que usan vehículos tipo A o B deben ir acompañados de una guía y solo pueden viajar en las siguientes rutas marcadas en estos mapas:

Se debe mantener una distancia de más de 50 metros entre los diferentes grupos.

Puede haber restricciones específicas en áreas y distritos específicos donde hay mucha presión de este tipo de vehículos o presentan un problema específico.

Los operadores comerciales deben asegurarse de que los usuarios de VMP y cualquier persona que maneje bicicletas con más de dos ruedas tengan un nivel mínimo de habilidad que garantice su seguridad y la de otros usuarios del público.

También deben informar a los usuarios sobre las rutas autorizadas y las condiciones de conducción.

Identificación y registro de vehículos y ciclos utilizados para una actividad económica.

Un nuevo registro para VMP y ciclos entrará en vigor el día después de que se publique la nueva regulación en la BOPB.

Esto se debe a que el reglamento establece que las bicicletas que se usan para actividades comerciales deberán registrarse de inmediato, junto con los VMP y las bicicletas con más de dos ruedas utilizadas para tales actividades.

El nuevo registro permitirá verificar si estos vehículos cumplen con los requisitos técnicos reglamentarios, identificarlos y registrarlos. Se identificarán con un código QR, aparte de las bicicletas con más de 250 vatios de potencia, que están excluidas de esta clasificación porque requieren un número de registro.

Los oficiales de policía de la ciudad y la Guardia Urbana, tendrán un sistema que les permitirá obtener una lectura rápida de las características técnicas de un vehículo y su propietario, y verificar si cumple con todos los requisitos técnicos establecidos en el estatuto.

La identificación y registro de ciclos y PMV se realizará en las oficinas de atención al cliente B: SM, en C / Calàbria 66.

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