Con la premura que se palpa por regular los VMP en especial los patinetes eléctricos compartidos, el Claustro Obert se reúne para discutir y proponer ideas para regular y permitir la convivencia, desarrollo y aceptación ciudadana de los nuevos VMP (patinetes eléctricos y Bicicletas)
queda claro que los órganos municipales de regulación en Valencia, ante s de ser avasallados por la presión para regular las empresas de patinetes compartidos y los de uso privado simplemente creo una serie de normas restrictivas sin sentido ni análisis, esperemos que esto dure poco y tengamos pronto una normativa amigable que satisfaga las necesidades tanto de los usuarios como de los peatones
Lo único concluyente es que la DGT (Ver decreto inicial 2016) considera a los patinetes eléctricos un vehículo de movilidad personal (VMP), para desplazarse por las ciudades.
Los ha clasificado en diferentes tipos según peso y la “velocidad máxima” que pueden alcanzar, la frenada y si son para el uso personal o si realizan algún tipo de actividad económica.
También se debe diferenciar entre los diferentes modelos de patinetes eléctricos scooter con sillín que suelen ser más pesados respecto a los patinetes eléctricos ligeros para adultos que no suelen sobrepasar los 20kg y llegan a menores velocidades (Tope 25 Km/h). Para los primeros, las posibilidades de circulación son diferentes y hay mayor restricción.
Los patinetes infantiles no quedan regulados. Ya que no se hace mención explícita a ello o no la hemos encontrado.
La nueva normativa de patinetes eléctricos de la DGT (todavía no es oficial pues no ha sido publicada)
Tanto si eres usuario de patinetes eléctricos, como si eres peatón, conductor o ciclista, las nuevas normativas destinadas a patinetes eléctricos te afectarán. Pero es evidente que los más afectados por la nueva normativa de patinetes eléctricos, serán sus usuarios de estos así que recomendamos comprenderla y respetarla.
Una normativa que, en cualquier caso, aún no se ha aprobado. De manera que no puede descartarse que se produzcan cambios antes de presentarse y aprobarse.
Los patinetes eléctricos tendrán la consideración de vehículo, pero si no superan los 25 km/h (lo que afecta a la mayoría de patinetes eléctricos) no tendrán la consideración de vehículo de motor, y no requerirán matrícula, permiso de circulación, ni seguro.
Se prohibirá el uso de patinetes eléctricos por la acera y te podrán sancionar por utilizar un patinete bajo los efectos del alcohol, y otras drogas, manipulando el teléfono móvil, usando cascos auriculares. (algo similar al uso de la Bicicleta)
La velocidad máxima genérica permitida para patinetes eléctricos será de 25 km/h. DGT también quiere establecer una velocidad máxima genérica en ciudad de 30 km/h, en la mayoría de las calles, lo que facilitará que estas sean utilizadas por vehículos de movilidad personal como los patinetes. Eso sí, se limitará la velocidad máxima a 25 km/h que, teóricamente, también debería ser la máxima alcanzada, de fábrica, por el patinete.
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